Entidad Colaboradora

Refuerza la implicación de tu organización participando de forma más activa en la vida de la Asociación, con una mayor visibilidad y beneficios exclusivos.

Beneficios

  • Desgravación fiscal. La donación de cantidades o de bienes a la Asociación puede adherirse a las desgravaciones fiscales previstas según la ley 49/2002. Deducción de hasta el 50 % de la cuota.
  • Información de primera mano sobre exposiciones, conferencias, inauguraciones...
  • Reconocimiento público (web asoc. y redes sociales).
  • Difusión del mecenazgo. La empresa o institución colaboradora tiene la posibilidad de dar a conocer su apoyo a la Asociación, previo acuerdo. Del mismo modo, la Asociación mencionará esta labor en los distintos elementos de difusión / comunicación y soportes a su alcance (memoria anual, página web y programa anual de actividades).
  • Felicitación de Navidad.
  • Campaña de agradecimiento. Anualmente, la Asociación agradece a las empresas e instituciones colaboradoras el apoyo que brindan a la institución. Esta mención incluye el listado de dichas empresas e instituciones y también en redes sociales.
  • Invitaciones a inauguraciones y eventos.
  • Gala anual de benefactores.

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2.000€ / al año

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